POR TANTO
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 184-1 de la Constitución Política del Estado y 42-I-1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por el SENASIR representado por su Directora General Ejecutivo a.i. Karina Vanessa Oropeza Peña, de fs. 124 a 119; en consecuencia se mantiene firma y subsistente el Auto de Vista Nº 219/2020 de 27 de agosto, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 117 a 116.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 (SAFCO) y 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 37
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente: 597/2021-R
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento: La Paz
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones.
- Resolución de la Comisión de Reclamació
- REVOCÓ
- Auto de Vista
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
