Admisión
Conforme lo previsto en el art. 277 del CPC-2013, aplicable por mandato de las normas remisivas contenidas en los arts. 633 del RCSS y 55 del DS Nº 822 de 16 de marzo de 2011; este Tribunal emitió el Auto de 22 de octubre de 2021 a fs. 275 que admitió el recurso interpuesto por la recurrente, que se pasa a resolver:
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 57
- Sucre, 22 de febrero de 2022
- Expediente:
- 618/2021-R
- Demandante:
- Dionicia Mamani Cáceres Vda. de Marca
- Demandado:
- Servicio Nacional del Sistema de Reparto
- Proceso:
- Renta de viudedad
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- Lic. Esteban Miranda Terán
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES PROCESALES:
- Resolución de la Comisión de Nacional de Prestaciones.
- Suspender Definitivamente,
- Resolució
- CONFIRMÓ
- Auto de Vista.
- II. DEL RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión
- III. FUNDAMENTO JURÍDICO DEL FALLO:
- Doctrina y legislación aplicable.
- Fragmento 29
- Resolución del caso concreto.
- POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devué
