1.
1. Conforme los antecedentes contenidos en la demanda de fs. 1031 a 1051 vta., subsanada de fs. 1056 a 1074 y a fs. 1121, se tiene que Elba Nelly Panoso Ancalle, inició proceso ordinario de declaratoria de fraude procesal contra Carmen Lidia Panozo Ancalle, Federico Flores Velásquez, Antonio Yucra Mamani y Rosendo Velásquez Mamani, quienes una vez citados respondieron negativamente a la demanda; Carmen Lidia Panozo por memorial de fs. 1149 a 1156 y Rosendo Velásquez Mamani según escrito de fs. 1170 a 1171 vta., desarrollándose de esta manera el proceso hasta la emisión de Sentencia N° 59/2021 de 19 de agosto, cursante de fs. 3031 a 3059, en la que el Juez Publico Civil y Comercial 1° de la ciudad de Oruro declaró IMPROBADA la pretensión de fraude procesal y pago de daños y perjuicios.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 66/2022-RA.
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Velásquez, Antonio Yucra Mamani y Rosendo Velásquez Mamani.
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
