Auto Supremo AS/0102/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0102/2022

Fecha: 22-Feb-2022

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN

Contra la referida Sentencia, el apoderado de José Daniel Urquieta Maza, interpuso recurso de casación, de fs. 159 a 160, argumentando lo siguiente:

Señaló que los Vocales que emitieron la Sentencia recurrida, no valoraron las pruebas como las declaraciones juradas efectuadas por los dos funcionarios municipales de Cobija, que dan cuenta que se recibió por parte del Gobierno Municipal los 6 inyectores para compactador FORD CARGO MAX-TON; tampoco valoraron el Acta de fs. 1, que pese a contener errores maliciosos en su redacción, también demuestran la entrega al Encargado de Sub Almacén de la Unidad de Aseo Urbano del municipio de Cobija de los repuestos solicitados por esa dependencia de la alcaldía, que Rixon Suárez P. en su condición de encargado se aprovechó de la buena fe del proveedor; causándole agravios el hecho que no exista contrato administrativo u orden de compra siendo esa una responsabilidad de los funcionarios municipales, obligación incumplida, en perjuicio de la empresa unipersonal, no pudiendo exigir la existencia necesaria de un contrato para reconocer la obligación, habiéndose vulnerado los art. 13 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).