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2.- Señaló falta de congruencia y correlación que debe existir en toda resolución, que el Auto de Vista recurrido, no guarda una correlación entre lo solicitado en la apelación y lo resuelto en el Auto de Vista; solo se limitó, a referir una serie de normas, sin establecer cuál es la relación o el nexo causal y efecto con lo expresado en la apelación.
La omisión de las consideraciones de la pretensión y las pruebas aportadas, es igual que no responder, lo que dio lugar a una incongruencia omisiva, porque no se pronunció respecto de los extremos de la apelación.
- Fragmento 1
- SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
- Auto Supremo Nº 143
- Sucre, 16 de marzo de 2022
- Expediente:
- Demandante:
- Demandado:
- Proceso:
- Departamento:
- Magistrado Relator:
- VISTOS:
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
- Sentencia.
- PROBADA en parte
- Auto de Vista.
- CONFIRM
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
- Recurso de casación.
- 1
- 2
- 3
- 4
- Petitorio.
- Contestación.
- Admisión del recurso de casación.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
- Doctrina aplicable al caso.
- La protección constitucional a los derechos del trabajador y su aplicación preferente.
- La inversión de la prueba, presunción de favorabilidad y condición má
- Error de hecho y derecho en la valor
- Resolución del caso concreto:
- En la forma.
- 2, 3.-
- cuando omite decidir cuestiones que son ma
- En el fondo
- 1) y 4)
- POR TANTO:
