AS/0399/2022
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0399/2022

Fecha: 17-Ago-2022

VISTOS

Los recursos de casación de fs. 328 a 330, interpuesto por Willian Henry Anglarill Arenales, Richard Erland Anglarill Arenales, Hernán Waldo Anglarill Arenales y María Eugenia Anglarill Arenales; de fs. 332 a 334, presentado por Aida Arenales Morales de Anglarill, en representación de la Maestranza Anglarill; y, de fs. 340 a 341 vta. planteado por Jorge Gonzales Cortez, apoderado legal de Eliseo Ayala Torrez, Yamil Ayala Soleto, Carlos Flores Moscoso, Germán Flores Moscoso, Vicente Huaristy Urucuni, Maximiliano Lobos Moreno, Luis Morales Baigorria, Ángel Barrientos Gonzáles y Pedro Flores Castillo, en virtud al Testimonio de Poder Notarial 207/2018, otorgado por la Notaría de Fe Pública 24 a cargo de Olga Lilia Andrade Zabala, de la ciudad de Santa Cruz, contra el Auto de Vista 150 de 8 de enero (fs. 307 a 310) y Auto de Vista complementario 03/2021 de 10 de marzo, pronunciado por la Sala Social, Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Tributaria Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios y derechos sociales, seguido por Eliseo Ayala Torrez, Yamil Ayala Soleto, Carlos Flores Moscoso, Germán Flores Moscoso, Vicente Huaristy Urucuni, Maximiliano Lobos Moreno, Luis Morales Baigorria, Ángel Barrientos Gonzáles y Pedro Flores Castillo, contra Aida Arenales Moreno Vda. de Anglarill, William Henry Anglarill Arenales, Richard Erland Anglarill Arenales, Hernán Waldo Anglarill Arenales y María Eugenia Anglarill Arenales; el Auto de Vista 44/2021 de 19 de abril, que concedió los recursos (fs. 348 vta.); el Auto 272/2021-A de 6 de mayo, que admitió los recursos (fs. 357 y vta.); el Acta y Resolución Constitucional de fs. 472 a 477 vta. que concedió la tutela, los antecedentes del proceso, y: