1.- SOBRE LA INDENMIZACION POR DESAHUCIO, citando doctrina y jurisprudencia sobre el despido intempestivo, inversión de la prueba, señaló que el Tribunal de alzada concluyó que existe una relación laboral entre la demandante y el GAMS con carácter de
Asimismo, señaló que el despido intempestivo está referido al hecho de haber sido retirada de un día para otro y sin justificación alguna; tal como establece el Auto Supremo N° 26, de 2 de marzo de 2012: "la falta oportuna de pago de salarios, constituye un despido indirecto"; por tanto, se demostró un despido ilegal y sin justificación alguna y en virtud a este hecho determinado, los de instancia eludieron una cancelación que corresponde por derecho, aspecto que debe ser enmendado.
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- 1.- SOBRE LA INDENMIZACION POR DESAHUCIO, citando doctrina y jurisprudencia sobre el despido intempestivo, inversión de la prueba, señaló que el Tribunal de alzada concluyó que existe una relación laboral entre la demandante y el GAMS con carácter de
- 2. SOBRE LA INDEMNIZACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIO
- 3. SOBRE LAS HORAS EXTRAORDINARIAS Y TRABAJO NOCTURNO
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
