AS/1151/2022-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1151/2022-RA

Fecha: 26-Sep-2022

ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD

vía flexibilización; consecuentemente, el recurso de casación respecto a este motivo deviene en inadmisible.

V.2.5. Respecto al recurso de la Empresa Misicuni.

En el motivo, con relación al defecto de sentencia descrito en el art. 370 m. 1) del CPP, acusó que el Tribunal de alzada emitió su resolución con carencia de argumentos lógicos y jurídicos, limitándose simplemente a realizar amplias y genéricas argumentaciones, sin explicar de manera concreta y objetiva el criterio jurídico asumido, que existió incongruencia en el criterio adoptado por el Tribunal de alzada; por un lado, indica que los fundamentos fácticos jurídicos, así como la prueba están valorados correctamente,; sin embargo, por otro lado anuló la Sentencia por un supuesto error de derecho por errónea aplicación de la ley sustantiva penal, cuando en los hechos no existió tal aseveración, distorsionando lo previsto en el art. 124 del CPP; concluyó, manifestando que el Tribunal de alzada incurrió en una fundamentación arbitraria, vulnerando el debido proceso en su elemento fundamentación y legalidad, generando un defecto absoluto por incongruencia omisiva al no establecer con claridad y pronunciarse sobre la aplicación o no de la Ley 004, constituyéndose en una inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva.

Respecto del tópico planteado invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 065/2012-RA de 19 de abril, 43/2013 21 de febrero, 436 de 15 de octubre de 2005, 225/2017-RRC de 21 de marzo y 390/2014-RRC de 15 de agosto; ahora bien, con relación a los tres últimos Autos Supremos no pueden ser útiles para la precisión del contraste con el Auto de Vista impugnado, debido a que no contiene doctrina legal aplicable al haber sido declarados infundados los recursos de casación.