I. DATOS GENERALES
Por memoriales de casación presentados el 30 de junio y 8 de julio de 2022, cursantes de fs. 2178 a 2186 vta., 2190 a 2194 vta., 2245 a 2276, 2281 a 2286 vta. y 2346 a 1453, el Gobierno Departamental de Cochabamba, el Ministerio Público, la Dirección Departamental Cochabamba de la Procuraduría General del Estado (PGE), como acusadores, los Defensores de Oficio de los imputados Martín Francisco Rovira Rada, Carlos Eduardo Gómez Vásquez, Raúl Nemtala Caballero, Julio Hernán Espinel Martínez, Raúl Maggioni y Franceso Senis y la Empresa Misicuni como acusadora particular, impugnan el Auto de Vista 17/2022 de 4 de mayo, de fs. 2108 a 2155, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes como acusador público y acusadores particulares, contra los imputados también recurrentes, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica, Incumplimiento de Contrato y Sociedades o Asociaciones Fictas, previstos y sancionados por los arts. 199, 222 y 229 del Código Penal (CP), respectivamente.
