POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista Nº 251/2018, de 18 de mayo, cursante de fs. 1769 a 1771 y deliberando en el fondo declara probada la demanda de cumplimiento de contrato de compromiso de venta y reajuste de precio por disminución de superficie; en consecuencia se dispone que se cumpla los términos del contrato de 20 de agosto de 2008, debiendo la empresa HIDROSERVICE S.R.L., proceder a la extensión de la minuta de transferencia definitiva del lote de terreno con la superficie de 1.247,70 m2 ubicado en el Parque Industrial de Santa Cruz, manzana Nº PI-34 con Matrícula Nº 7011060024671, en favor de ENABOLCO LTDA., en el precio total de $us. 43.369,18 saldo que fue pagado mediante Depósito Judicial Nº 0108979, de 05 de julio de 2010, debiendo efectuarse el endoso de dicha suma en favor del demandado y sea en el plazo de 10 días para que se efectivice la entrega del lote de terreno. Sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
