POR TANTO
La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num.1 de la Ley del Órgano Judicial y en aplicación del art. 220 del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 482 a 487, interpuesto por Justo Víctor Huanca Quispe contra el Auto de Vista N° 315/2023 de 06 de julio, obrante de fs. 478 a 480 vta., pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Sin costas ni costos, por no haberse contestado al recurso de casación.
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.
