VISTOS
El recurso de casación de fs. 2300 a 2306, interpuesto por CONSTRUVEL OBRAS Y SERVICIOS S.R.L., representada legalmente por Ximena Mariana Tarqui Mollinedo y Shirley Yolanda Velásquez Garnica, contra el Auto de Vista N° 49/2020 de 13 de julio, cursante de fs. 2286 a 2296, pronunciado por la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso ordinario de cumplimiento de contrato privado de ejecución de obra, más pago de daños y perjuicios seguido por Esteban Ventura Martínez en representación de la empresa VENTURA JULGER ASOCIADOS S.R.L. contra la empresa recurrente; la contestación de fs. 2310 a 2315 vta.; el Auto de concesión de 15 de septiembre de 2023, visible a fs. 2317 y vta.; el Auto Supremo de Admisión N° 391/2020-RA de 30 de septiembre, corriente de fs. 2323 a 2324 vta.; la Sentencia Constitucional Plurinacional N° 0467/2022-S2 de 08 de junio, emergente de fs. 3625 a 3650 todo lo inherente al proceso; y:
