POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, resolviendo el recurso de fs. 448 a 456, promovido por el SENASIR, CASA parcialmente el Auto de Vista Nº 132/2017-SSA-I de 2 de junio de 2017, cursante de fs. 379 a 381; declarando prescritos los aportes al Seguro Social de Largo Plazo del Sistema de Reparto de los Regímenes Básico y Complementario hasta febrero de 1994, debiendo en ente gestor proceder al recálculo de los aportes devengados de los siguientes periodos: Régimen Básico: 1994 de marzo a diciembre, 1995 de enero a noviembre y 1996 febrero, marzo, mayo, junio y de agosto a diciembre. Régimen Complementario: 1994 de marzo a diciembre, 1995 de enero a diciembre y 1996 de enero a julio y octubre.
Por otra parte, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 463 a 465 promovido por la Compañía Boliviana de Ingeniería SRL.
Sin responsabilidad por ser excusable el error.
Sin costas en aplicación de los arts. 39 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990 y 52 del DS N° 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 4. Informe FISC/024/2010, de 15 de junio de 2010 de fs. 128 a 136, referido al proceso de fiscalización de los aportes devengados al seguro social de largo plazo para los regímenes básico y complementario, realizados mediante nota SENASIR/UNI.CAF/026
- III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL PERTINENTE
- IV. ANÁLISIS DEL CASO EN CONCRETO
- POR TANTO
