CONTENIDO ADICIONAL
VISTOS: El recurso de casación de fs. 4086 a 4094, interpuesto por el Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Sucre, representado por Enrique Leaño Palenque, por intermedio de Margoth Yucra Ríos, impugnando la Sentencia N° 20/2022 de 5 de diciembre, de fs. 4074 a 4082, emitida por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso contencioso seguido por la Empresa USOA SRL Import Export, contra la entidad recurrente; la contestación de fs. 4097 a 4112; el Auto 21/2023 de 10 de marzo, de fs. 4113, que concedió el recurso de casación; el Auto de 24 de marzo de 2023, de fs. 4122, que admitió el recurso; los antecedentes del proceso y todo lo que fue pertinente analizar:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Encabezado
- CONTENIDO ADICIONAL
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1. Que el GAM de Sucre, a través de su representante legal, proceda a la restitución de la suma de Bs4.185.168,12, correspondiente al cobro de la Boleta de Garantía de Cumplimiento de Contrato N° 098366-0101 de 20 de diciembre, efectuado por esa enti
- II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN
- 1. Citando la Ley N° 1178 y el DS N° 0181, refirió que la Sentencia impugnada, desconoce la previsión contenida en dicha norma en cuanto al procedimiento de impugnación en los procesos de contratación, así como de los actos administrativos susceptibl
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS LEGALES Y DOCTRINALES APLICABLES AL CASO CONCRETO.
- POR TANTO
