AS/0434/2023
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0434/2023

Fecha: 18-May-2023

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la atribución conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación visible de fs. 183 a 184 vta., interpuesto por Germán Milenko Oscar Quisbert Balcázar en representación legal de la Empresa de Remesas y Giros Euroenvios S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 48/2023 de 15 de febrero saliente de fs. 168 a 170 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia del Chuquisaca. Con costas y costos en etapa de casación conforme dispone el art. 223.V num. 2 del Código Procesal Civil.

Se regula honorarios de los abogados Ramiro Taboada Velásquez en el monto de Bs. 1.000 (Bolivianos Un Mil 00/100); en igual monto se regula los honorarios para los abogados Aldo Clamir Cava Chávez y Rocio Ortiz Fernández, a ser prorrateados entre ambos a Bs. 500 para cada uno; regulación que se realiza por haber ejercido defensa a los codemandados de manera independiente y contestado los recursos de casación dentro del plazo de Ley.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.