VISTOS
El recurso de casación de fs. 416 a 420, interpuesto por Ruth Rodas Ríos de Uyuni y Claudia María Rodas Ríos por sí y en representación de Celedonia Severina y Juan Carlos ambos de apellidos Rodas Ríos, contra el Auto de Vista N° 179/2023 de 19 de junio, cursante de fs. 397 a 401, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de usucapión decenal o extraordinaria, seguido por los recurrentes contra Martina, Paulino y Eleuteria los tres de apellidos Velásquez Loayza, Seferina y Cornelio ambos Velásquez Loaiza (todos los mencionados presuntos herederos de Catalina Velásquez Loaiza Vda. de Rodas); las contestaciones de fs. 427 a 430 y de fs. 434 a 436; el Auto de concesión de 25 de julio de 2023 visible a fs. 437 y vta.; el Auto Supremo de Admisión N° 798/2023-RA de 14 de agosto, saliente de fs. 445 a 447, todo lo inherente al proceso; y:
