POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por AAA como acusadora particular, la Defensoría de la Niñez y Adolescencia Max Paredes del Municipio de La Paz y Miguel Ángel Aliaga Aguilar, de fs. 1072 a 1080, 1082 a 1084 vta. y 1136 a 1145.
Regístrese, hágase saber y devuélvase.
FDO.
Dr. Olvis Eguez Oliva
Presidente de Sala Penal
Dr. Edwin Aguayo Arando
Magistrado de Sala Penal
M.Sc. Rommel Palacios Guereca
Secretario de Sala Penal
