VISTOS
El recurso de casación interpuesto por la Caja Nacional de Salud (CNS) a través de su presentante legal Rossy Antonieta Limachi Balanza (fs. 185 a 187 vta.), impugnando la Sentencia Nº 023/2024 de 12 de marzo, cursante de fs. 178 a 182, pronunciada por la Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, dentro del proceso Contencioso seguido por la Empresa Unipersonal “Distribuidora Mil Cosas” contra la CNS; el memorial que responde al recurso a fs. 195 y vta.; el Auto de concesión del recurso de fs. 196; el Auto Supremo Nº 288/2024 de 17 de octubre, cursante de fs. 210 a 211 vta., que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso y todo cuanto ver convino:
- Encabezado
- VISTOS
- CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso.
- CONSIDERANDO II: Contenido del recurso de casación.
- CONSIDERANDO III: Respuesta o contestación por la empresa unipersonal “distribuidora mil cosas”.
- CONSIDERANDO IV: Normas legales, doctrinales y jurisprudenciales aplicables al caso concreto.
- CONSIDERANDO V: Análisis del caso concreto.
- POR TANTO
