AS/1311/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1311/2024

Fecha: 08-Nov-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 106.I y 220.III num. 1 inc. c) del Código Procesal Civil, ANULA parcialmente el Auto de admisión de la demanda reconvencional, de 03 de noviembre de 2023 que cursa a fs. 644; por ende, se rechaza la pretensión de usucapión decenal o extraordinaria para adquirir la propiedad de un paso común, que resulta improponible objetivamente. Sin costas ni costos.

Siendo excusable el error no se impone multa.

Cumpliendo lo previsto por el art. 17. IV de la Ley del Órgano Judicial, comuníquese la presente decisión al Consejo de la Magistratura a los fines de ley.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.