AS/1353/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/1353/2024

Fecha: 18-Nov-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.III num. 1 inc. c) del Código Procesal Civil, ANULA de oficio el proceso hasta la audiencia preliminar de fs. 94, quedando sin efecto todo lo obrado a partir de dicha pieza procesal y se dispone que el Juez A quo de manera previa a fijar audiencia preliminar, integre de oficio al proceso en calidad de litisconsorcio pasivo necesario de la demanda de usucapión decenal, al heredero Milton Sabino Huayllas Daza ordenando su citación de manera correcta a efectos de que tome conocimiento real de los antecedentes de la presente causa y asuma defensa como viere por conveniente y de esta manera evitar la vulneración a sus derechos y garantías constitucionales. Sin responsabilidad por considerarse error excusable.

En cumplimiento a lo dispuesto por el art. 17.IV de la Ley del Órgano Judicial, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.