AS/0007/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0007/2024

Fecha: 06-Mar-2024

CONSIDERANDO I

Que, mediante Nota GM-DGAJ-UAJI.Cs-2727/2022 de 12 de septiembre de 2022, el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia (fojas 16), hizo conocer a este Tribunal Supremo de Justicia que la República de Portugal, a través de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Lima, Perú, mediante Nota Verbal N° 10/2022 Proc. 2.12.1 de 7 de septiembre, remitió la Orden de Detención Internacional, en el marco de la causa registrada bajo “…el número 2/11.1 TBNZR que se sigue ante el Tribunal Judicial da Comarca de Leiria – Juizo Central Criminal de Leiria – Juiz 2…” contra JORGE EDUARDO FANIM, procesado por el delito de tráfico de estupefacientes agravado, previsto y sancionado por el artículo 21, apartado 1 e incisos b) y c) del artículo 24 del Decreto Ley N° 15/93 de 22 de enero, en concordancia con la lista I-B anexa al mismo y por el delito de asociación ilícita, previsto y sancionado por los apartados 1 y 2 del artículo 28 del mismo Decreto Ley; que la pena máxima aplicable es de 15 años de prisión; que los hechos fueron cometidos entre los años 2002 y 2003 y consumados el 23 de septiembre de 2003.

Que, previo el análisis correspondiente de la documental adjuntada (fojas 1 a 14), el Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia pronunció el Auto Supremo No 59/2023 de 22 de mayo (fojas 18 a 20 y vuelta), en cuya parte resolutiva dispuso la Detención Preventiva con Fines de Extradición del ciudadano argentino, JORGE EDUARDO FANIM, ordenando al Juez de Instrucción Cautelar de Turno en lo Penal de la ciudad de Sucre, en la jurisdicción del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, al no conocer con precisión su paradero, expedir el Mandamiento de Detención Preventiva a nivel nacional, con auxilio de la Policía boliviana y de INTERPOL, decisión que fue cumplida por el Juez de Instrucción en lo Penal Cuarto de la Capital, Sucre, autoridad que emitió el Mandamiento de Detención Preventiva N° 11/2023 de 1 de agosto de 2023 (fojas 252), el que según el Informe de INTERPOL de fojas 264 y vuelta, fue notificado a esta institución, para su ejecución, el 12 de agosto de 2023.

De acuerdo con el Informe del Investigador de INTERPOL Santa Cruz de 12 de agosto de 2023 (fojas 264 y vuelta), el 10 de agosto de 2023, personal de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCC) de Santa Cruz, procedió a la aprehensión del ciudadano CARLOS TEÓFILO VALDOVINO DELGADO, presunta identidad falsa, con cédula de identidad boliviana 9715318 y/o JORGE EDUARDO FANIM, de nacionalidad argentina, quien fue remitido a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCC) en calidad de aprehendido, a causa del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado.

Agregó que el sábado 12 de agosto de 2023, en virtud de la imputación del Ministerio Público, se llevó a cabo audiencia de medias cautelares, en la que se dispuso la detención preventiva del ciudadano, JORGE EDUARDO FANIM y/o CARLOS TEÓFILO VALDOVINO DELGADO, en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, por el lapso de ciento veinte (120) días, por la presunta comisión del delito de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado.

Manifestó por otra parte, que existiendo un mandamiento de detención preventiva con fines de extradición, derivado de lo ordenado mediante Auto Supremo N° 59/2023, JORGE EDUARDO FANIM y/o CARLOS TEÓFILO VALDOVINO DELGADO, fue notificado formal y legalmente con el referido auto supremo y mandamiento de detención preventiva con fines de extradición, quien fue advertido de sus derechos y garantías constitucionales en presencia de su abogado defensor. Consta el Acta de Notificación suscrita por el Investigador de INTERPOL Santa Cruz, que ejecutó el mandamiento, así como por el extraditable y su abogado defensor. (Fojas 265).

Puesta en conocimiento del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal de la Capital Sucre, la ejecución del mandamiento de detención con fines de extradición, a través de la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, se puso en conocimiento del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de lo cual se emitió la providencia de 22 de agosto de 2023 (fojas 277), disponiendo la remisión de los antecedentes señalados por vía diplomática, a conocimiento de la República de Portugal, a través de su Embajada en Lima, Perú; y que en consecuencia, corresponderá a la República de Portugal, formalizar la solicitud de extradición del ciudadano JORGE EDUARDO FANIM, “…en el plazo de 90 días computables a partir del momento de su detención, de acuerdo con lo previsto en el inciso 2) del artículo 154 del Código de Procedimiento Penal y lo dispuesto en el auto supremo citado.”