POR TANTO
La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el numeral 3 del artículo 184 de la Constitución Política del Estado, por el numeral 2 del artículo 38 de la Ley del Órgano Judicial, así como por el inciso 3) del artículo 50 y el inciso 5) del artículo 21, ambos del Código de Procedimiento Penal, Ley Nº 1970, en desacuerdo con el Dictamen Fiscal, FGE/JLP N° 18/2023 de 9 de octubre (fojas 153 a 159), declara la PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE EXTRADICIÓN del ciudadano argentino JORGE EDUARDO FANIM.
En virtud a la solicitud formal de extradición presentada por la República de Portugal, a través de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Lima, Perú, se ordena que el Juez de Instrucción Cuarto en lo Penal de la Capital, Sucre, en la jurisdicción del Tribunal Departamental de Chuquisaca, emita el mandamiento de excarcelación, para la entrega del sujeto extraditable al Estado Requirente, por intermedio de las autoridades administrativas del Ministerio de Relaciones Exteriores en coordinación con la Policía Boliviana e INTERPOL.
Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y por su intermedio a la Misión Diplomática del país requirente, para fines consiguientes. Sea con nota de atención.
REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
Marco Ernesto Jaimes Molina
PRESIDENTE
Juan Carlos Berrios Albizu María Cristina Díaz Sosa
MAGISTRADO MAGISTRADA
Ricardo Torres Echalar Carlos Alberto Eguez Añez
MAGISTRADO MAGISTRADO
Sandra Magalí Mendivil Bejarano
SECRETARIA DE SALA PLENA
NOTA.- En la fecha, fue modificado el proyecto originalmente presentado, por instrucciones del Mag. Ricardo Torres Echalar; instrucción transmitida por Claudia Velasco Arizaga. (20/03/2024).
