AS/0554/2024
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0554/2024

Fecha: 07-Jun-2024

POR TANTO

La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de forma y fondo de fs. 621 a 629 vta., interpuesto por Juan Vargas Canales, contra el Auto de Vista Nº 081/2024, de 25 de marzo, saliente de fs. 614 a 618 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; con costas y costos conforme dispone el art. 223.V num. 2 del Código Procesal Civil.

Se regula los honorarios del abogado de la parte demandante, en la suma de Bs. 1.000 (Bolivianos Un Mil 00/100) por haber contestado el recurso dentro del plazo de ley.

Regístrese, comuníquese y devuélvase.

Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.