POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley de Órgano Judicial, declara INFUNDADO el Recurso de Casación de fs. 168 a 170, interpuesto por Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija - ZOFRA COBIJA.
Sin costos ni costas en aplicación del art. 39 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
- Encabezado
- I. VISTOS
- II. ANTECEDENTES PROCESALES
- III. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 2. ZOFRA COBIJA es una entidad pública que desarrolla sus actividades operativas, administrativas, y legales en el marco de la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley 1178, el Estatuto del Funcionario Público (EFP), el Decreto Supremo (DS) 233
- IV. CONTESTACIÓN AL RECURSO DE CASACIÓN
- V. NORMAS LEGALES, DOCTRINALES Y JURISPRUDENCIALES APLICABLES AL CASO CONCRETO.
- VI. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
- POR TANTO
