AS/0034/2025
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

AS/0034/2025

Fecha: 18-Feb-2025

POR TANTO

La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la Constitución Política de Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA el Auto de Vista 120/2023 de 3 de agosto, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, de fs. 234 a 235 vta. y deliberando en el fondo, resuelve reconocer el pago de desahucio y reintegro por incrementos salariales retroactivos, excepto de las gestiones 1994 y 1995, conforme el siguiente detalle:

Gestión de 1996 por 6 meses, gestión 1997 por 3 meses, gestión 1998 por 5 meses, gestión 1999 por 7 meses, gestión 2000 por 5 meses, gestión 2001 por 3 meses, gestión 2003 por 10 meses, gestión 2004 por 7 meses, gestión 2005 por 9 meses, gestión 2007 por 4 meses, gestión 2008 por 7 meses, gestión 2009 por 6 meses, gestión 2010 por 7 meses, gestión 2011 por 3 meses y gestión 2012 por 1 mes; en lo concerniente a la gestión 2006 se debe incrementar el salario por los 12 meses, disponiendo el pago retroactivo de todo ese año.

A este efecto en ejecución de sentencia debe efectuarse la liquidación incrementando al monto fijado en Sentencia, los conceptos de desahucio y el pago de los retroactivos dispuesto anteriormente.

Monto sobre los que se deberá calcular la actualización y multa del 30% de ley, conforme al Decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006.

Sin responsabilidad por ser excusable.

Regístrese, notifíquese y devuélvase.