VISTOS
El recurso de casación de fs. 1318 a 1335, interpuesto por Alberto Vedia y María Elena Cañipa Torrejón de Vedia, contra el Auto de Vista N° 087/2024 de 01 de abril, cursante de fs. 1302 a 1307, pronunciado por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso ordinario de cumplimiento de contrato, más pago de resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por los recurrentes contra Ramiro Vinicio Ruiz Rivera y Gloria Elvira Rivera Pereira; sin contestación; el Auto de concesión de 29 de abril de 2024, visible a fs. 1340; el Auto Supremo de admisión N° 431/2024–RA, de 14 de mayo, visible de fs. 1346 a 1348, la Resolución Constitucional N° 003/2025, de 08 de enero, que discurre de fs. 1421 a 1425 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí; todo lo inherente al proceso; y:
