I. VISTOS
La demanda contenciosa de fs. 258 a 267, presentada por FARMAVAL BOLIVIA SRL (Proveedor), representada por Raúl Roger Hernani Rendón; el memorial de fs. 344 a 345 y vta., que subsanó la demanda y acompaño documentos; la Admisión de fs. 346; la contestación de fs. 383 a 395, presentado por el Ministerio de Salud (Ministerio); el Decreto que dispone traslado para la Réplica de fs. 396; la Réplica de fs. 404 a 405; el Informe SCCASyA2da TSJ N° 76/2024 de 11 de marzo de fs. 423, que informa que el Ministerio no presentó Dúplica; el Decreto de Autos para Sentencia de fs. 427 y los antecedentes del proceso.
