POR TANTO
La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución contenida en el numeral 2 del artículo 2 y en el artículo 4 de la Ley N° 620 de 29 de diciembre de 2014, así como en los artículos 778 al 781 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de los fundamentos expuestos, falla en única instancia declarando IMPROBADA la demanda contenciosa administrativa de fojas 13 a 19, interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, representado por Noemí Mirian Lastra Vía, contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; en consecuencia, se mantiene firme y subsistente la determinación asumida por la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0979/2022 de 26 de septiembre.
Procédase a la devolución de los antecedentes administrativos remitidos a este Tribunal por la autoridad demandada. Sea con las formalidades de rigor.
Regístrese, notifíquese y archívese.
