V. CONCEPTO DE LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
24. La Procuradora General de la Nación considera que debe declararse la exequibilidad de las normas demandadas. A juicio del Ministerio Público las normas demandadas guardan conexidad, en los términos exigidos por la jurisprudencia, con el tema objeto de la ley. Al respecto, la Procuradora explicó que en este caso existe conexidad temática y sistemática por dos razones. Primero, porque la materia dominante de la Ley 2069 de 2020 es el impulso del emprendimiento y el fortalecimiento empresarial del país por medio de un conjunto de medidas orientadas, entre otras cosas, a la racionalización de procesos y al mejoramiento en la prestación de servicios institucionales. Segundo, porque los artículos demandados incorporan medidas que buscan mayor eficiencia en el ejercicio de la función de inspección y vigilancia y el uso de tecnologías de la información para agilizar los trámites ante el Estado.
25. Por otro lado, la Procuraduría considera que se configura la conexidad causal y teleológica en este caso puesto que la ley tiene como objeto codificar un marco regulatorio que propicia el emprendimiento y el crecimiento empresarial, a partir de unas necesidades específicas identificadas por estudios técnicos que fueron parte del debate legislativo y que dieron cuenta de asimetrías legales que afectan a los emprendedores. En ese sentido, para la entidad, las disposiciones se promulgaron con la finalidad de resolver estos problemas, en particular la desarticulación en los procesos de inspección y vigilancia y la reducción de trámites tributarios, cambiarios y contables.
26. En la siguiente table se resumen las posiciones de los intervinientes y de la Procuraduría:
Tabla 1
-Resumen del análisis de las intervenciones-
Fuente: elaboración propia del despacho de la magistrada sustanciadora.
