RESUELVE
PRIMERO.- REVOCAR la sentencia de 13 de febrero de 2017, mediante la cual se declaró improcedente la acción de tutela instaurada por James Hernán Gómez Serrato en contra de William Vianney Solano Atehortúa. En su lugar, NEGAR el amparo de los derechos a la dignidad humana y buen nombre, en conexidad con los derechos a la vida, libertad religiosa, honra e intimidad de la familia, solicitados por el accionante, en virtud de los motivos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO.- Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Cópiese, notifíquese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS BERNAL PULIDO
Magistrado
LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
Magistrado
