Sentencia T-437/21
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-437/21

Fecha: 01-Ene-2021

Sentencia

En el trámite de revisión del fallo de segunda instancia proferido el 4 de abril de 2021 por el Juzgado Cincuenta y Cinco Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ciudad Luz, que confirmó la decisión adoptada el 17 de febrero de 2021 por el Juzgado Octavo Penal Municipal con Función de Conocimiento, de la misma ciudad. Esta decisión, a su vez, negó el amparo de los derechos fundamentales a la educación y a la igualdad reclamado por la señora Antonia, en calidad de agente oficiosa del niño Valentín.

Conforme con lo consagrado en los artículos 86 de la Constitución y 32 del Decreto 2591 de 1991, el 26 de abril de 2021 el Juzgado Cincuenta y Cinco Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ciudad Luz remitió el expediente de la referencia a la Corte Constitucional. El 30 de agosto de 2021, la Sala de Selección de Tutelas número Ocho escogió el presente caso para su revisión.

Aclaración previa

Como quiera que en el presente caso se estudiará la situación de un menor de edad, la Sala advierte que, como medida de protección de su intimidad, es necesario suprimir de esta providencia y de toda futura publicación de la misma, el nombre del niño y el de sus familiares, y los datos e informaciones que permitan conocer su identidad.

En consecuencia, para efectos de identificar a las personas, y para mejor comprensión de los hechos que dieron lugar a la acción de tutela de la referencia, se han cambiado los nombres reales del menor de edad y de sus familiares por unos ficticios, que se escribirán en letra cursiva. Del mismo modo, los nombres de los municipios en los que sucedieron los hechos se reemplazarán por unos ficticios.