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Sentencia T-320/25
DERECHOS AL DEBIDO PROCESO Y AL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-Ingreso de abogados a establecimientos penitenciarios y carcelarios
(...) el Reglamento General de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional... y el manual de ingreso del INPEC son claros en definir que los abogados que pretendan ingresar al centro de reclusión deben presentar únicamente su cédula de ciudadanía, su tarjeta profesional y la autorización escrita y con impresión dactilar de la persona privada de la libertad.
DERECHOS AL DEBIDO PROCESO Y AL ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA-Ingreso de médicos particulares a establecimientos penitenciarios y carcelarios
(...) como parte de sus derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, las personas privadas de la libertad en establecimientos carcelarios deben tener la posibilidad de recibir atención médica particular, sin importar su propósito específico, siempre que aquella esté relacionada con las garantías propias del debido proceso probatorio. Ello implica, a su vez, que los médicos particulares deben poder ingresar a los centros de reclusión sin barreras administrativas o jurídicas de ningún tipo.
CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO-Configuración
(...) la pretensión de la acción de tutela, consistente en ordenar al INPEC otorgarle el permiso de ingreso al abogado suplente y al médico particular del accionante, se materializó... El ingreso del médico particular permitió que se realizara la valoración médica del accionante y, posteriormente, se aportarán libremente las pruebas necesarias para sustentar la solicitud de sustitución de medida de aseguramiento, que fue concedida y resultó en que (el accionante) se encuentre en detención domiciliaria.
ACCIÓN DE TUTELA-Procede para que a una persona privada de la libertad se le garantice el acceso al servicio de salud
