Sentencia T-331/25
Corte Constitucional de Colombia

Sentencia T-331/25

Fecha: 06-Ago-2025

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Sentencia T-331/25

PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES-Derecho siempre y cuando hubiere cotizado 50 semanas en los tres últimos años anteriores al fallecimiento del afiliado/EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD-Deber de aplicarla

En el asunto sub examine resulta imperativo aplicar la excepción de inconstitucionalidad... (1) el hijo de la accionante, un joven de 19 años que había empezado a cotizar en el año 2022, murió de manera repentina en el año 2023, evento que la dejó en una condición económica precaria pues dependía del apoyo económico de su hijo para asegurar sus condiciones mínimas de subsistencia. En esa medida, la Corte encuentra que exigir 50 semanas de cotización a un causante de 19 años, resulta desproporcionado pues no atiende a la realidad estructural que viven las personas jóvenes en el acceso al mercado, como se expuso anteriormente y supone desconocer de forma intensa los derechos fundamentales de sus beneficiarios... (2) la tutelante es (i) una mujer desplazada por la violencia en estado de vulnerabilidad económica; (ii) tiene a cargo a su hija menor de edad y a su nieta de aproximadamente dos meses de nacida; (iii) padece de varias afectaciones en salud, las cuales le han impedido trabajar de manera constante y, por lo tanto, (iv) subsiste con lo que gana esporádicamente a través de ventas informales y por catálogo.

SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES-Déficit de protección para las personas jóvenes por situación estructural que enfrentan en el acceso al mercado laboral

(...) existe una realidad estructural que permite concluir que ha habido cambios notorios de las condiciones de acceso al mercado laboral. En especial, hoy en día se requiere la “adquisición de destrezas, conocimientos y habilidades para competir en el mercado, obtener un trabajo o desempeñar una ocupación que permita la satisfacción autónoma de las necesidades humanas básicas”, lo cual toma más tiempo. Con ocasión de esa necesidad de formación, es más que normal que las personas de veinte años o más, hasta ahora estén ingresando al sistema de pensiones o que tengan un corto historial de aportes.

DERECHO FUNDAMENTAL A LA SEGURIDAD SOCIAL EN PENSIONES Y LA IMPORTANCIA DE LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES-Concepto, naturaleza y protección constitucional

APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE LA CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA A LA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES-Unificación de jurisprudencia

(...) si un afiliado al SGSSP fallece en vigencia de la Ley 797 de 2003 pero no acredita el número mínimo de semanas cotizadas antes del fallecimiento que impone esa ley, puede solicitar la aplicación del requisito de semanas que exigía el Acuerdo 049 de 1990 o la Ley 100 de 1993, siempre y cuando, el causante haya efectuado cotizaciones en vigencia de alguno de estos regímenes. Esto, pues los aportes del causante bajo esos regímenes, dieron lugar a unas expectativas que de acuerdo con las circunstancias particulares del accionante, ameritan protección constitucional.

PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL-Contenido y alcance

EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD-Fundamento

La excepción de inconstitucionalidad es una figura a la que los operadores judiciales deben acudir con el fin de inaplicar una norma por ser contraria a la Constitución en determinado caso concreto. La Corte ha precisado que la excepción de inconstitucionalidad debe ser ejercida por “cualquier juez, autoridad administrativa e incluso particulares”, a solicitud de parte o de oficio, siempre que la norma jurídica aplicable “contradiga abiertamente la Constitución”, es decir, que corresponda “a una oposición tan grave entre la disposición de inferior jerarquía y el ordenamiento constitucional, que aquella y este no pueden regir en forma simultánea”.