Auto Constitucional A 010/92
Fecha: 10-Abr-1992
3º. Que por lo anterior, el inciso final del artículo 2º. del Decreto 2067 de 1991, según el cual “... En caso de que la demanda sea presentada a petición de una persona natural o jurídica, el demandante deberá indicarlo en la demanda”, debe interpretarse en consonacia con las normas del Estatuto Supremo arriba citadas. ...