Sentencia T-159/94
Fecha: 24-Mar-1994
Las causas de terminación de la sociedad conyugal están claramente definidas en la ley, y como de manera ligera lo pretende la decisión judicial de instancia, no puede ser adoptada mediante la vía de la tutela, cuyo objetivo como es sabido, es la protección de derechos fundamentales, y no la resolución, modificación o cumplimiento de contratos, de ...