Auto Constitucional A 017/98

Fecha: 30-Abr-1998

La CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES E.P.S. - CAPRECOM E.P.S. representada por la doctora Angela Piedad Arenas Porras, solicita a través de la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la C.P. y reglamentada por los decretos 2591 de 1991 y 306 de 1992, -, protección del derecho fundamental al debido proceso que considera vulnerado p...

Auto Constitucional A 018/98

Fecha: 06-May-1998

“Que por haber sido ya revisada la norma por parte de esta Corporación, no es de recibo la solicitud presentada por el demandante para que se la vuelva a analizar, tanto más cuanto que los cargos que hoy se formulan fueron estudiados en su oportunidad en la sentencia C-310/97. La Corte Constitucional ha reiterado en prolija jurisprudencia que el pr...

Auto Constitucional A 019/98

Fecha: 18-May-1998

-Ante la Corte se han presentado varios trabajadores al servicio de la compañía "Vidriera Artesanal", para plantear la situación en que se encuentran en virtud de un cierre definitivo de la fábrica por decisión de la Alcaldesa Menor de San Cristobal en Santa Fe de Bogotá, quien según ellos se funda, para mantener el cese en las actividades de la em...

Auto Constitucional A 020/98

Fecha: 26-May-1998

“1) Se ordene el PAGO INMEDIATO de las mesadas de jubilación, correspondientes a los meses de mayo (parcialmente), junio (completa), la adicional de junio (completa) y de julio del año en curso que se nos adeudan a los pensionados de la empresa CONASTIL S.A. en concordato. Así mismo, se cancelen los aportes al Instituto de Seguros Sociales (I.S.S.)...

Auto Constitucional A 020A/98

Fecha: 27-May-1998

Se reitera la jurisprudencia de esta Corporación, que ha entendido que "En términos generales, cuando, con ocasión del trámite de acciones de tutela, cualquier juez o tribunal de la jurisdicción constitucional se vea en la necesidad de decidir sobre un conflicto de competencia originado en consideraciones de orden territorial o material, deberá hac...

Auto Constitucional A 021/98

Fecha: 03-Jun-1998

1- El ciudadano ELSON RAFAEL RODRIGO RODRIGUEZ BELTRAN, demandó la inconstitucionalidad de la Ley 100 de 1993, “en todo lo que se refiere a prestaciones sociales de los servidores públicos”. Mediante auto del dieciocho (18) de marzo de 1998, el magistrado sustanciador la inadmitió, por cuanto consideró que el ciudadano no había especificado cuáles ...

Auto Constitucional A 022/98

Fecha: 03-Jun-1998

Las solicitudes de nulidad no son un recurso contra las sentencias de esta Corporación pues éstas gozan de cosa juzgada constitucional y son de obligatorio cumplimiento para todas las autoridades y para los particulares. Por ello, la nulidad sólo puede provenir de irregularidades procesales de tal magnitud que constituyan una manifiesta vía de hech...

Auto Constitucional A 022A/98

Fecha: 03-Jun-1998

Si bien es cierto que en la parte considerativa de la Sentencia C-155 de 1998, la Corte hizo referencia al artículo 21 de la Decisión 351 del Acuerdo de Cartagena, hoy Comunidad Andina, y que con fundamento en lo prescrito en dicha norma consideró inconstitucional la palabra "irrenunciable" contenida en el artículo 34 de la Ley 397 de 1997, no por ...

Auto Constitucional A 023/98

Fecha: 04-Jun-1998

Primero: ORDENAR al Tribunal Superior de Medellín, Sala Laboral, que dé el trámite debido a la impugnación que el actor, Manuel Eyvin Ayala Mosquera, interpuso oportunamente en contra del fallo de tutela proferido en primera instancia por el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Medellín el 19 de enero de 1998. ...

Auto Constitucional A 024/98

Fecha: 17-Jun-1998

2. Al proveer sobre la admisión de la demanda el Magistrado Sustanciador encontró que el actor incumplió el requisito previsto en el artículo 2-5 del decreto 2067 de 1991, consistente en mencionar la razón por la cual la Corte es competente para conocer de la demanda y, en consecuencia, la inadmitió concediéndole tres (3) días al demandante para pr...

Auto Constitucional A 025/98

Fecha: 18-Jun-1998

- Como consecuencia de su vinculación laboral y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 91 de 1989, en concordancia con el artículo 279 de la Ley 100 de 1993, los servicios de salud y de seguridad social de los docentes y de los beneficiarios familiares deberán ser prestados por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio. - La Fiduciar...

Auto Constitucional A 026/98

Fecha: 23-Jun-1998

Manifiesta la peticionaria que la Alcaldía Municipal de Ricaurte, mediante Decreto 039 de 1997, la nombró en encargo como mecanógrafa del Colegio Nacional Ricaurte , que de acuerdo con el Decreto 406 de 1994 le corresponde al rector del Colegio Nacional de Ricaurte asignarle las funciones correspondientes, motivo por el cual mediante escrito fechad...

Auto Constitucional A 026A/98

Fecha: 30-Jun-1998

Ha sostenido esta Corte, que el cambio de jurisprudencia debe ser expreso, entre otras razones, porque la propia Carta reconoce la autonomía interpretativa del juez y, por tanto, las plenas atribuciones para modificar los criterios jurisprudenciales que lo han inspirado anteriormente, con el fin de obtener progresos efectivos en la aplicación del d...

Auto Constitucional A 027/98

Fecha: 30-Jun-1998

La selección de casos singulares para revisión constitucional no es un derecho de ninguna de las partes que han intervenido en los procesos de amparo, ni tampoco de los jueces que acerca de ellos han resuelto. La Corte Constitucional revisa esos fallos "eventualmente", como lo dice la Constitución, es decir, puede no revisarlos, si no lo tiene a bi...

Auto Constitucional A 027A/98

Fecha: 30-Jun-1998

No sucede lo mismo en los casos en que se presenta el fenómeno de la cosa juzgada formal, la cual tiene lugar "cuando existe una decisión previa del juez constitucional en relación con la misma norma que es llevada posteriormente a su estudio. Supone la vinculación jurídica que surge para el juez constitucional en relación con el precepto en sí mis...

Auto Constitucional A 028/98

Fecha: 01-Jul-1998

1. Alfredo Tascón Aguirre y la Sociedad "Carlos Alberto Mejía M. & Cía S.C.S." instauraron acción de tutela, por estimar violado el derecho al debido proceso, contra los fiscales 89 y 102 de la Unidad Especializada de Delitos contra la Administración Pública y de Justicia, y contra el Fiscal Delegado ante el Tribunal Superior de Santiago de Cal...

Auto Constitucional A 029/98

Fecha: 02-Jul-1998

La Sala Número 8 de Revisión de tutelas, integrada por los H. Magistrados VLADIMIRO NARANJO MESA, ALFREDO BELTRÁN SIERRA y FABIO MORON DIAZ, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, previo estudio del Magistrado Ponente, resuelve sobre el proceso de tutela instaurado por Gilberto A. Bolaños Reyes, Felipe R. Triviño Valencia, Raf...

Auto Constitucional A 030/98

Fecha: 03-Jul-1998

En ejercicio de la acción de tutela a que se refiere el artículo 86 de la Constitución Política y por medio de apoderado, Luis Miguel Gómez, Carlos Guzmán Martínez, Héctor Toro Díaz, Zunilda Méndez Romero, Adela Vergara Barrios y Clara Ramírez Zabala, todos “ancianos mayores de 60 años”, según lo manifiesta el apoderado, recurren ante el juez de tu...

Auto Constitucional A 031/98

Fecha: 03-Jul-1998

El Juzgado Promiscuo Municipal de Soplaviento, visto el referido informe secretarial, por auto de febrero dos (2) de mil novecientos noventa y ocho (1998) declaró desierto el recurso invocando el artículo 32 del decreto 2591 de 1991 y una sentencia (sin fecha) de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia extraída del libro ABC de la...

Auto Constitucional A 032/98

Fecha: 08-Jul-1998

La Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional, conformada por los Magistrados Vladimiro Naranjo Mesa -Presidente de la Sala-, Alfredo Beltrán Sierra y Antonio Barrera Carbonell, procede a revisar el fallo de tutela proferido por el Juzgado Primero Penal Municipal de Floridablanca -Santander- de fecha 27 de abril de 1998, mediante el cual se...