Auto Constitucional A 036/99

Fecha: 07-Jul-1999

1. La Corte Constitucional, mediante sentencia C-246/99[1], declaró exequible el TRATADO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PATENTES (PCT), elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984, y el Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de patentes, asi como la ley 463 del 4...

Auto Constitucional A 037/99

Fecha: 07-Jul-1999

Esta Corporación en varios pronunciamientos, ha reiterado que los conflictos de competencia que se susciten en materia de tutela, deben ser resueltos por el superior jerárquico de los respectivos jueces o tribunales, y que únicamente corresponde a la Corte Constitucional dirimir aquellos que no pueden resolverse dentro de las respectivas estructura...

Auto Constitucional A 038/99

Fecha: 14-Jul-1999

Fundamenta su petición en que a pesar de que en la parte motiva del fallo, se establecieron diferencias entre el pacto y la convención colectiva, en la parte resolutiva se omitió disponer lo referente al auxilio médico para los trabajadores, los incentivos por racionalización de vacaciones, el suministro de pañales, la prima especial de cirugía y l...

Auto Constitucional A 039/99

Fecha: 14-Jul-1999

Primero. Corregir la parte motiva de la sentencia C-456 del 10 de junio de 1999, de manera que cuando se hace mención a la sentencia C-370 del 26 de mayo de 1999, para efectos de declarar la cosa juzgada constitucional respecto de la expresión “y los reglamentos” contenida en el literal k) del artículo 37 de la Ley 443 de 1998 “por la cual se expid...

Auto Constitucional A 040/99

Fecha: 16-Jul-1999

La Sala Plena de la Corte Constitucional, integrada por su Presidente, Eduardo Cifuentes Muñoz, los Magistrados Antonio Barrera Carbonell, Alfredo Beltrán Sierra, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Alejandro Martínez Caballero, Fabio Morón Díaz, Vladimiro Naranjo Mesa y Alvaro Tafur Galvis. ...

Auto Constitucional A 040A/99

Fecha: 22-Jul-1999

Por lo tanto, los conflictos que surjan entre ellos deben ser resueltos dentro de la misma jurisdicción constitucional, lo que hace que en esta materia no resulte aplicable el artículo 256, numeral 6, de la Carta Política, que atribuye ala Consejo Superior de la Judicatura -Sala Jurisdiccional Disciplinaria- la función de "dirimir los conflictos de...

Auto Constitucional A 041/99

Fecha: 28-Jul-1999

1. “Debe adicionarse el fallo declarando si una contravención de policía como lo es la ocupación y exploración del espacio público, sobre todo a partir de la vigencia de nuestra nueva Constitución Nacional y su expresa extensión de legalidad, se traduce en un derecho fundamental al trabajo siendo que el único derecho laboral amparado por la Carta l...

Auto Constitucional A 042/99

Fecha: 28-Jul-1999

Mediante escrito presentado el seis (6) de julio de 1999, CARLOS MARTELO LOZANO, obrando en su calidad de representante legal de la empresa CODENSA S.A. ESP, solicitó a esta Corporación anular la sentencia de la referencia por violar, según él lo entiende, el derecho constitucional al debido proceso. Aduce el solicitante que, no obstante que el art...

Auto Constitucional A 043/99

Fecha: 28-Jul-1999

Los conflictos de competencia en materia de tutela que se susciten entre los juzgados, o entre éstos y los tribunales, tanto los positivos como los negativos, deben ser resueltos por el superior jerárquico común a los jueces o tribunales comprometidos en ellos. En auto del 19 de agosto de 1998[1], precisóó esta Corporación que: “Por lo tanto, los c...

Auto Constitucional A 044/99

Fecha: 28-Jul-1999

Los conflictos de competencia en materia de tutela que se susciten entre los juzgados, o entre éstos y los tribunales, tanto los positivos como los negativos, deben ser resueltos por el superior jerárquico común a los jueces o tribunales comprometidos en ellos. En auto del 19 de agosto de 1998[i], precisó esta Corporación que: “Por lo tanto, los co...

Auto Constitucional A 045/99

Fecha: 28-Jul-1999

Que debido a un error tanto en el texto de la demanda, como en la parte motiva y la resolutiva de la Sentencia C-047/96, se citó el Decreto 2250 de 1988 como si se tratara del Código Penal Militar, cuando en realidad dicho estatuto -objeto del pronunciamiento- se encuentra recogido es en el Decreto 2550 de 1988, ...

Auto Constitucional A 046/99

Fecha: 28-Jul-1999

Esta Corporación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 49 del decreto 2067 de 1991, según el cual contra las sentencias de la Corte Constitucional no procede recurso alguno, ha manifestado reiteradamente que no caben aclaraciones ni revisiones de sus fallos, salvo en casos excepcionalísimos señalados por su reiterada jurisprudencia. La Corte no...

Sentencia C-473/99

Fecha: 07-Jul-1999

Se reitera que con la entrada en vigencia del Acto Legislativo 2 de 1995, es imperativo que las cortes marciales y los tribunales militares estén integrados por militares en servicio activo o en retiro, lo cual consecuentemente, impide que el personal civil pueda acceder a dichos cargos. Las calidades para ser magistrado del Tribunal Militar deberí...

Sentencia C-474/99

Fecha: 07-Jul-1999

No siempre un trato diferente puede considerarse contrario a la Constitución. En efecto, si bien el artículo 13 de la Carta prohibe la discriminación, autoriza constitucionalmente el trato diferenciado, cuando éste, está justificado de manera objetiva. Por consiguiente, no puede predicarse una discriminación si el trato diferente "obedece a un fin ...

Sentencia C-475/99

Fecha: 07-Jul-1999

"El objetivo de ese régimen de carrera administrativa consistió en proporcionar un sistema ordenado de requisitos y procedimientos que determinen las condiciones personales y profesionales que tendrán que reunir las personas que pretendan acceder a la función pública y que han de regir el ascenso en los cargos del Estado, con el fin de que el mismo...

Sentencia C-476/99

Fecha: 07-Jul-1999

El patrimonio líquido, entonces, está constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos por el contribuyente en el último día del año o período gravable (patrimonio bruto), menos las deudas adquiridas por éste y vigentes al finalizar el respectivo año o período gravable. El patrimonio líquido, entonces, está constitui...

Sentencia C-477/99

Fecha: 07-Jul-1999

El propósito principal de la adopción, cuya finalidad se enmarca dentro del principio universal del interés superior del niño, como ya se anotó, es el de dar protección al menor garantizándole un hogar adecuado y estable en el que pueda desarrollarse de manera armónica e integral, no sólo en su aspecto físico e intelectual sino también emocional, e...

Sentencia C-478/99

Fecha: 07-Jul-1999

La condición jurídica igualitaria de la que son titulares las distintas religiones y confesiones religiosas en el país supone de un lado, que el ordenamiento jurídico funja como receptor-difusor de dicho principio y resistencia-refractaria ante cualquier asomo de discriminación que por razones de origen religioso se pretenda implantar y de otro lad...

Sentencia C-479/99

Fecha: 07-Jul-1999

Las normas sobre escisión patrimonial contenidas en el EOSF son normas especiales aplicables a las instituciones financieras o aseguradoras, esto es a aquellas que de una u otra forma llevan a cabo una actividad relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público. De donde se deduce que al no quedar cobijados por...

Sentencia C-480/99

Fecha: 07-Jul-1999

La Junta de Conservación del Monumento Nacional que administre las partidas asignadas al municipio de Soledad para la conservación del monumento, en nada vulnera la Constitución. De igual manera, cabe aclarar que la Junta no puede disponer libremente de esos recursos, toda vez que el ordenador del gasto en este caso es el alcalde de Soledad, pues e...