Asunto C‑645/20
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑645/20

Fecha: 02-Dic-2021

Encabezado

Edición provisional

CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL

M. CAMPOS SÁNCHEZ-BORDONA

presentadas el 2de diciembre de 2021(1)

Asunto C645/20

V A,

Z A

contra

TP

[Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Tribunal de Casación, Francia)]

«Reenvío prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Competencia en materia de sucesiones — Competencia subsidiaria — Residencia habitual del causante en un Estado tercero al tiempo del fallecimiento — Causante con nacionalidad de un Estado miembro y bienes en ese Estado — Obligación de declarar de oficio la propia competencia

1.La Cour de cassation (Tribunal de Casación, Francia) pregunta al Tribunal de Justicia si las autoridades de un Estado miembro(2) en el que existen bienes del causante deben establecer de oficio su competencia para pronunciarse sobre el conjunto de la sucesión mortis causa, aplicando el artículo 10 del Reglamento n.º650/2012.

2.La duda surge en el marco de un litigio relativo a derechos sucesorios, que enfrenta a los hijos de un ciudadano francés fallecido, cuya última residencia habitual en Francia se debate, con quien era esposa de este (pero no madre de aquellos) en el momento de su muerte.

3.Ninguna de las partes discute la nacionalidad del causante al tiempo del fallecimiento, ni que fuera propietario de un inmueble sito en Francia. La discrepancia se centra solo en dónde tenía su residencia habitual cuando falleció.

4.En primera instancia, un tribunal francés se declaró competente para conocer de la demanda interpuesta por los hijos del fallecido, que solicitaban el nombramiento de un administrador de la herencia.

5.En apelación, sin embargo, el tribunal correspondiente falló que los órganos judiciales franceses carecían de competencia sobre el conjunto de la sucesión, pues el causante había tenido su última residencia en el Reino Unido.

6.En casación, los recurrentes sostienen que, en todo caso, los órganos judiciales franceses debieron declararse competentes por iniciativa propia, cuestión sobre la que versa el interrogante del tribunal de reenvío.