Asunto C‑885/19
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑885/19

Fecha: 16-Dic-2021

I.Introducción

1.El «tax ruling» o «decisión fiscal anticipada» es una práctica habitual que permite a las empresas solicitar a la Administración tributaria una «decisión anticipada» relativa al impuesto que deben abonar. El término «ruling» designa, con carácter general, la adopción por una administración tributaria, normalmente a instancias del contribuyente, de una posición oficial sobre la aplicación de determinadas disposiciones legislativas vigentes en relación con una situación o una o varias transacciones que aún no han producido efectos fiscales. De este modo, los contribuyentes pretenden obtener garantías, vinculantes para la Administración, respecto al tratamiento fiscal de sus operaciones.

2.A partir de junio de 2014, la Comisión Europea inició una serie de investigaciones dirigidas a verificar la compatibilidad de las prácticas de las autoridades tributarias de varios Estados miembros en relación con empresas multinacionales, en lo que se refiere, en particular, al reparto de beneficios entre los diferentes Estados en los que dichas empresas ejercen sus actividades, con las normas del Tratado sobre las ayudas estatales. Una de esas investigaciones condujo a la adopción de la Decisión relativa a la ayuda que supuestamente concedieron las autoridades fiscales luxemburguesas al grupoFiat.(2)

3.Paralelamente, en noviembre de 2014, las revelaciones de la investigación periodística denominada «LuxLeaks» pusieron este tema en conocimiento del público provocando una ola de indignación generalizada.(3) A raíz de estas revelaciones, varios responsables políticos tomaron medidas, tanto en el plano europeo como en el plano internacional, dirigidas a enmendar lo que desde entonces se percibe como un grave menoscabo de la equidad fiscal. La más reciente de estas medidas quedó materializada en un acuerdo por el que se establece un impuesto global sobre la renta de las empresas multinacionales.(4)

4.Sin olvidar el contexto político, económico e incluso social del presente asunto, el Tribunal de Justicia, en la sentencia que dicte, deberá examinar a la luz de consideraciones de carácter exclusivamente jurídico las cuestiones que plantea el enfoque adoptado por la Comisión en la Decisión controvertida. El presente recurso de casación tiene por objeto la sentencia que refrendó este enfoque, dictada por el Tribunal General en los asuntos Luxemburgo y Fiat Chrysler Finance Europe/Comisión.(5)

5.El carácter innovador del enfoque de la Comisión se debió en particular a la introducción del principio de libre competencia en el examen de la existencia de una ventaja económica. En estas circunstancias, el Tribunal de Justicia tendrá, en su futura sentencia, la oportunidad de pronunciarse, en particular, sobre determinadas cuestiones relacionadas con la aplicación de este principio, como la que alude a la necesidad de tener en consideración los efectos de una decisión anticipada sobre el grupo de sociedades de que se trate en su conjunto para comprobar si existe una ventaja en el sentido del artículo 107TFUE, apartado1.