Costas
A tenor del artículo 184, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, este decidirá sobre las costas cuando el recurso de casación sea infundado.
A tenor del artículo 138, apartado 1, del citado Reglamento, aplicable al procedimiento de casación en virtud del artículo 184, apartado 1, del mismo Reglamento, la parte que haya visto desestimadas sus pretensiones será condenada en costas, si así lo hubiera solicitado la otra parte. Por haber sido desestimados los motivos formulados por la recurrente y al haber solicitado la Comisión y el estado federado de Renania-Palatinado la condena en costas de aquella, procede condenarla a cargar con la totalidad de las costas correspondientes al presente recurso de casación.
En virtud de todo lo expuesto, el Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) decide:
1)Desestimar el recurso de casación.
2)Deutsche Lufthansa AG cargará, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea y las del Land Rheinland-Pfalz.
Firmas
*Lengua de procedimiento: alemán.