ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 295/2020. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 7 DE JUNIO DE 2022. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIA: MARÍA DOLORES IGAREDA DIEZ DE SOLLANO.
Fecha: 04-Nov-2022
Mediante Acuerdo De Veintitrés De Noviembre De Dos Mil Veinte
7. De conformidad con lo determinado en los artículos 24 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 81 del Reglamento Interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
8. Mediante escrito recibido en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte el once de enero de dos mil veintiuno.
9. El Congreso del Estado y su representante fue notificado el dos de diciembre de dos mil veinte. Esta notificación surtió efecto el tres del mismo mes y año, por lo que el plazo de quince días corrió del cuatro de diciembre de dos mil veinte al doce de enero de dos mil veintiuno.
10. Mediante escrito recibido en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte el dos de febrero de dos mil veintiuno.
El Poder Ejecutivo del Estado y su representante fue notificado el dos de diciembre de dos mil veinte. Esta notificación surtió efecto el tres del mismo mes y año y el plazo de quince días corrió del cuatro de diciembre de dos mil veinte al doce de enero de dos mil veintiuno. De los autos se advierte que la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado depositó su informe justificado en la Oficina de Correos de México el doce de enero de dos mil veintiuno.
11. El uno de marzo de dos mil veintiuno se recibieron alegatos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos a través de su delegada (según el sello fijador del escrito presentado). Por su parte, el veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno se recibieron alegatos del Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza (según el sello fijador del escrito presentado).
- I Antecedentes Y Trámite De La Acción De Inconstitucionalidad
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Estudio De Fondo
- A Cuestiones Relacionadas Con Las Personas Con Discapacidad
- A Elementos Mínimos Para Cumplir Con La Obligación De Consultar A Personas Con Discapacidad
- B Análisis De La Reforma Al Código Civil De Coahuila De Zaragoza
- Vii Efectos
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- Obligaciones Generales
- Igualdad Y No Discriminación
- Igual Reconocimiento Como Persona Ante La Ley
- Artículo V
- Mediante Acuerdo De Veintitrés De Noviembre De Dos Mil Veinte
- Por Acuerdo De Veinticinco De Marzo De Dos Mil Veintiuno
- En Atención Al Artículo Fracción Ii Inciso G De La Constitución General
- Los Principios De La Presente Convención Serán
- Participación En La Vida Política Y Pública
- Palacios Agustina Op Cit Páginas Y
- Fallada En Sesión De Veinte De Octubre De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- Resuelta El Veintiuno De Abril De Dos Mil Veinte Por Unanimidad De Once Votos
- Artículo Igual Reconocimiento Como Persona Ante La Ley
- Palacios Agustina Pág Y
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener