ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 5/2017. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 28 DE NOVIEMBRE DE 2017. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIA: ADRIANA CARMONA CARMONA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 5/2017. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 28 DE NOVIEMBRE DE 2017. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIA: ADRIANA CARMONA CARMONA.

Fecha: 27-Ene-2023

Ii El Costo De Envío

"Los sujetos obligados deberán esforzarse por reducir, al máximo, los costos de entrega de información."

19. "Artículo 28. (Derogado por artículo transitorio segundo de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa, P.O. 4 de mayo de 2016)."

20. "Segundo. Se derogan los Capítulos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, séptimo, octavo y noveno, así como los artículos que los integran, de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa publicada en el Periódico Oficial ‘El Estado de Sinaloa’ No. 051 de 26 de abril de 2002.

"El capítulo sexto y los artículos que lo integran estarán vigentes hasta tanto el Congreso de la Unión expida la Ley General en Materia de Protección de Datos Personales, y este Congreso del Estado realice la armonización correspondiente."

21. "Artículo 15. El ejercicio del derecho de acceso a la información es gratuito y estará sujeto al régimen procedimental que establece la ley general y la presente ley."

22. El texto de la jurisprudencia dice: "Si se declara la invalidez del acto impugnado en una acción de inconstitucionalidad, por haber sido fundado uno de los conceptos de invalidez propuestos, se cumple el propósito de este medio de control constitucional y resulta innecesario ocuparse de los restantes argumentos relativos al mismo acto.". Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIX, junio de 2004, página 863, con número de registro digital: 181398.