Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 40/2001. GUILLERMO ALONSO CISNEROS.
Fecha: 01-Ene-1917
I En Importación
"a) La factura comercial que reúna los requisitos y datos que mediante reglas establezca la secretaría, cuando el valor en aduana de las mercancías se determine conforme al valor de transacción y el valor de dichas mercancías exceda de la cantidad que establezcan dichas reglas."
Por su parte, el artículo 73 constitucional en sus fracciones X, XXIX apartado E y XXX, dispone lo siguiente:
- Tercero Son Infundados Los Agravios Del Recurrente En Razón De Las Siguientes Consideraciones
- En Efecto El Texto De Los Artículos Y Constitucionales En Lo Pertinente Dice Así
- I En Importación
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo El Congreso Tiene Facultad Transcrito Anteriormente
- Artículo Las Facultades Y Obligaciones Del Presidente Son Las Siguientes
- Artículo Transcrito Anteriormente
- Página
- Primerose Confirma La Sentencia Recurrida