AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 976/2014. 27 DE AGOSTO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS Y JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO. PONEN
Fecha: 06-Feb-2015
Segundo Queda Firme La Sentencia Recurrida
Notifíquese; con testimonio de esta resolución, devuélvanse los autos al tribunal de su origen y, en su oportunidad, archívese el toca como asunto concluido.
Así lo resolvió la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad de cinco votos de los Ministros: Arturo Zaldívar Lelo de Larrea (ponente), José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Olga Sánchez Cordero de García Villegas y presidente Jorge Mario Pardo Rebolledo.
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracción II, 13, 14 y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
Nota: Las tesis aisladas 1a. XCII/2014 (10a.) y 1a. CXXXIV/2014 (10a.) citadas en esta ejecutoria, aparecen publicadas en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de marzo de 2014 a las 10:18 horas y del viernes 4 de abril de 2014 a las 10:40 horas, así como en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 5, Tomo I, abril de 2014, página 789, respectivamente.
- Considerando
- C La Autoridad Responsable No Aplicó El Principio De Presunción De Inocencia
- Los Deposados De Y De Ninguna Manera Corroboran El Dicho De La Denunciante
- Agravios Del Recurso De Revisión El Recurrente Expone Como Motivos De Disenso Los Siguientes
- Se Explica
- Segundo Queda Firme La Sentencia Recurrida
- Foja Del Adr