AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5184/2015. 13 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. AUSENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5184/2015. 13 DE ABRIL DE 2016. UNANIMIDAD DE CUATRO VOTOS DE LOS MINISTROS EDUARDO MEDINA MORA I., JAVIER LAYNEZ POTISEK, JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS Y MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS. AUSENTE: ALBERTO PÉREZ DAYÁN. PO

Fecha: 20-May-2016

C Omitan Decidir Sobre Tales Cuestiones Cuando Hubieren Sido Planteadas

Por su parte, el artículo 81 de la Ley de Amparo, en su fracción II, establece que procede el recurso de revisión en amparo directo en contra de las sentencias que resuelvan sobre:

a) La constitucionalidad de normas generales que establezcan la interpretación directa de un precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o de los derechos humanos establecidos en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte; o,