Suprema Corte de Justicia de la Nación AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3046/2022
Fecha: 05-Oct-2022
II. OPORTUNIDAD
- De las constancias del expediente se aprecia que la resolución recurrida se notificó personalmente al defensor público federal del quejoso el viernes veintisiete de mayo de dos mil veintidós . Dicha notificación surtió efectos el día hábil siguiente, esto es, el lunes treinta de ese mes y año. El plazo establecido en el artículo 86 de la Ley de Amparo para la interposición del recurso de revisión transcurrió del treinta y uno de mayo al trece de junio del dos mil veintidós. De suerte que, si el escrito de agravios se presentó el diez de junio de dos mil veintidós, a través del Portal de Servicios en línea del Poder Judicial de la Federación, la interposición del recurso fue oportuna.
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