amparo directo en revisión 3636/2022.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

amparo directo en revisión 3636/2022.

Fecha: 30-Nov-2022

II. COMPETENCIA

  1. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es competente para conocer y resolver el asunto que nos ocupa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción II y 96, de la Ley de Amparo; así como el 21, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; primero y segundo, fracción III aplicado a contrario sensu, del Acuerdo General Plenario 5/2013, ya que se interpuso en contra de una sentencia pronunciada por un Tribunal Colegiado de Circuito al resolver un juicio de amparo directo.
  2. Estas consideraciones son obligatorias al haberse aprobado por unanimidad de cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán (ponente), Luis María Aguilar Morales, Loretta Ortiz Ahlf, Javier Laynez Potisek y Presidenta Yasmín Esquivel Mossa.