Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3724/2022
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIOS: RAMÓN EDUARDO LÓPEZ SALDAÑA Y ALBERTO RAMÍREZ JIMÉNEZ
Vo. Bo.
MINISTRA
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: En dos mil trece, en Morelia, Michoacán, tres sujetos privaron de la libertad a la persona con iniciales **********
El hijo de la persona secuestrada presentó denuncia ante la Procuraduría General de Justicia de Michoacán, en contra de quien resultara responsable.
Durante el operativo para rescatar a la víctima ********** fue detenido por los policías investigadores cuando recogió el dinero exigido como rescate. Dicho sujeto los guio hasta el domicilio en donde tenían privada de la libertad a la víctima de iniciales ********** En el interior del domicilio se encontraban ********** y ********** (ahora quejoso), cuidando a la víctima, la cual fue liberada.
El señor ********** recibió una llamada de otro sujeto que le indicó en dónde debían encontrarse, así como las características del vehículo en el que llegaría. Ello llevó a que los policías acudieran a ese lugar y detuvieran a otras personas involucradas en el secuestro de la señora **********
Culminada la detención de los presuntos secuestradores, los policías los pusieron a disposición del agente del ministerio público.
Por esos hechos, ********** y otros fueron sentenciados por el delito de secuestro y se le impusieron cuarenta y seis años de prisión entre otras penas.
Inconformes, interpusieron recurso de apelación en el cual se modificó la sentencia de primera instancia y se disminuyó la pena de prisión y multa.
En contra de esa decisión el señor ********** promovió juicio de amparo directo el cual se le negó. En desacuerdo, interpuso recurso de revisión.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3724/2022
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIOS: RAMÓN EDUARDO LÓPEZ SALDAÑA Y ALBERTO RAMÍREZ JIMÉNEZ
Vo. Bo.
MINISTRA
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión de veintitrés de noviembre de dos mil veintidós , emite la siguiente
- Encabezado
- SENTENCIA
- I. ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- II. COMPETENCIA
- III. OPORTUNIDAD
- IV. LEGITIMACIÓN
- V. ANÁLISIS DE LA PROCEDENCIA DEL RECURSO DE REVISIÓN
- DEFENSA ADECUADA. ALCANCE DE DICHA GARANTÍA EN LA AVERIGUACIÓN PREVIA (INTERPRETACIÓN DE LA FRACCIÓN II, EN RELACIÓN CON LAS DIVERSAS IX Y X DEL ARTÍCULO 20, APARTADO A, DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL)
- VI. DECISIÓN
