Suprema Corte de Justicia de la Nación
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1194/2022 (RELACIONADO CON EL AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN **********)
Fecha: 06-Jul-2022
VI. DECISIÓN
- Por tanto, lo procedente es revocar la sentencia recurrida y devolver los autos al Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, a fin de que:
- Se abstenga de aplicar los artículos 453, fracción I y 456 del Código de Procedimientos Familiares para el estado de Hidalgo que refieren a la Unidad de Medida y Actualización como parámetro de pago de la pensión alimenticia, y
- Resuelva lo que en derecho corresponda.
Por lo expuesto y fundado, se