Encabezado
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4703/2022
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
SECRETARIOS: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA
SECRETARIO AUXILIAR: JUAN PABLO ALEMÁN IZAGUIRRE
Colaborador: Víctor Antonio García Zermeño
ÍNDICE TEMÁTICO
Hechos: El señor ********** fue acusado de haber privado de su libertad a una persona para exigir cierta cantidad de dinero a cambio de su liberación.
Lo anterior dio origen a una causa penal en la que se le condenó en primera instancia, por los delitos de secuestro y extorsión, a 54 años de prisión, entre otras sanciones, y en segunda instancia, dicha condena se redujo a 49 años.
Inconforme, la parte sentenciada promovió un juicio de amparo directo, que el Tribunal Colegiado le concedió por haberse afectado el derecho a la defensa adecuada y el debido proceso, ya que su confesión ministerial fue rendida sin la presencia de defensor, por lo que esa prueba es nula, así como su ratificación hecha al rendirse su declaración preparatoria.
En desacuerdo con esa determinación, la parte quejosa interpuso el recurso de revisión que ahora se resuelve.
AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 4703/2022
QUEJOSO Y RECURRENTE: **********
SRA. MINISTRA
PONENTE: MINISTRA ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
COTEJÓ
SECRETARIOS: SAÚL ARMANDO PATIÑO LARA
SECRETARIO AUXILIAR: JUAN PABLO ALEMÁN IZAGUIRRE
Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al once de enero de dos mil veintitrés , emite la siguiente:
- Encabezado
- SENTENCIA
- ANTECEDENTES Y TRÁMITE
- “DEFENSA ADECUADA EN MATERIA PENAL. LA ILICITUD DE LA DECLARACIÓN RENDIDA POR EL IMPUTADO SIN LA ASISTENCIA TÉCNICO JURÍDICA DE UN DEFENSOR PROFESIONAL EN DERECHO, NO ADMITE CONVALIDACIÓN”
- I. COMPETENCIA
- II. OPORTUNIDAD
- III. LEGITIMACIÓN
- IV. ESTUDIO DE PROCEDENCIA DEL RECURSO
- V. DECISIÓN
- R E S U E L V E
